sábado, 23 de noviembre de 2024

Los clubes deportivos ya pueden solicitar las subvenciones municipales

El plazo de presentación de las subvenciones para clubes y entidades deportivas está abierto y terminará el 5 de julio.
Valle de Elda
18 junio 2019
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Los clubes deportivos ya pueden solicitar las subvenciones municipales

El plazo de presentación de las subvenciones para clubes y entidades deportivas está abierto y terminará el 5 de julio. Las solicitudes se harán exclusivamente a través de la web www.sedeelectronica.elda.es y por el representante de la entidad. Para poder acceder a dichas ayudas los clubes tienen que cumplir los siguientes requisitos: ser entidades legalmente constituidas como entidades deportivas y con domicilio social en Elda; estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales por un periodo mínimo de dos años; entre sus actividades debe constar una de las modalidades inscritas en federaciones deportivas y además, estas federaciones tienen que estar inscritas en el Registro Nacional del Consejo Superior de Deportes; y la competición en la que participa la entidad estará regulada o incluida en el calendario oficial de competición organizado por la federación de su modalidad correspondiente.

Junto a la solicitud, se tiene que aportar la siguiente documentación: la declaración responsable (Ley 38/2003), la cuenta justificativa y la declaración responsable del IVA, la memoria descriptiva, el certificado de la federación oficial correspondiente que acredite que participa, al menos, en una competición oficial organizada y el certificado de encontrarse al corriente de las obligaciones ante la Tesorería General de la Seguridad Social. Por otra parte, si cuenta con la declaración responsable de méritos deportivos también será preciso adjuntarla para la baremación de méritos. Aquellas entidades que no han solicitado estas ayudas con anterioridad o de las que no se disponen datos, o bien, estos han sido modificados o no disponen de la autorización para la obtención del certificado de la AEAT en el momento de la solicitud, deberán adjuntar: los datos bancarios conforme a la ficha de terceros, la fotocopia del CIF de la entidad, los estatutos sociales de la entidad y el certificado de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias ante la AEAT.

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